Reunión 54 de la Comisión de Coordinación de la UEAtc. Informe sobre la actividad de los DIT en España en el año 2007
DOI:
https://doi.org/10.3989/ic.2008.v60.i510.737Palabras clave:
DIT, DIT plus, Código Técnico de la EdificaciónResumen
Durante el primer semestre del año 2007, la economía española tuvo una evolución positiva, pero la ralentización del crecimiento de la misma durante el segundo semestre ha supuesto una seria preocupación para todos los agentes involucrados en construcción, finalizándose el año con la sensación de estar al inicio de una cierta crisis de la construcción, más acusada en el sector edificación que en el industrial. Sin embargo, durante el año 2007, el número de Documentos de Idoneidad Técnica (DIT, DIT plus) concedidos por el IETcc, en el ámbito de la Unión Europea para la Idoneidad Técnica en la construcción (UEAtc), ha crecido considerablemente, manteniendo el incremento constante observado en los últimos cuatro años. La principal razón de la aceptación y exigencia actuales del DIT y del DIT plus en España, es su requerimiento por los Organismos de Control Técnico (OCT) representando a las compañías aseguradoras, en el marco de las disposiciones establecidas en la Ley Española de Ordenación de la Edificación y en el documento que las desarrolla, el Código Técnico de la Edificación (CTE). Este reconocimiento de la utilidad del DIT por las OCT, se complementa con el mayor interés de técnicos y fabricantes por el procedimiento, junto con el nivel de exigencia establecido en el artículo 5.2.5 del CTE, lo que parece ser una base sólida de cara al futuro. Todos los documentos emitidos por el IETcc (DIT y DIT plus) incluso los documentos que son confirmación de los DIT de otros Institutos de la UEAtc (Avis technique, agrément, zulassung, etc.) contienen la información necesaria para justificar explícitamente el cumplimiento del CTE, realizándose esta justificación para cada Exigencia Básica definida en el mismo.
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